
El Poder Judicial fijó pautas para adecuar las condiciones de alojamiento y salud mental en la Unidad Penal N° 10
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El Juzgado de Garantías de Corrientes resolvió hacer lugar a la acción de hábeas corpus colectivo presentada por el Comité de Evaluación del Seguimiento y Aplicación de la Convención contra la Tortura de la Provincia, junto a diversas organizaciones de derechos humanos. La medida busca proteger la dignidad, la integridad física y el derecho a la salud de las personas con padecimientos mentales alojadas en la Unidad Penal N° 10 “Área de Seguridad”.
El diagnóstico de la situación
La decisión judicial se basó en los informes del Servicio Penitenciario, del Ministerio de Seguridad, del Ministerio de Salud Pública y en los hallazgos de una Inspección Judicial realizada con la participación del Instituto Médico Forense, el Cuerpo de Trabajadores Sociales Forenses y la Dirección de Arquitectura.
Entre las principales conclusiones del relevamiento se destacan:
Perfil de la población: La gran mayoría de las personas alojadas en la Unidad N° 10 no se encuentran cumpliendo condena ni enfrentan un proceso penal, sino que permanecen allí por decisiones en procesos civiles de restricción de la capacidad debido a padecimientos mentales severos o crónicos.
Personas en condiciones de egreso: Se verificó que al menos 16 personas cuentan con criterios clínicos para ser externadas o derivadas a dispositivos comunitarios por no presentar riesgo cierto para sí o para terceros, pero continúan alojadas por falta de red sociofamiliar o de lugares alternativos de cuidado.
Estado edilicio y sanitario: Se detectaron deficiencias en las instalaciones eléctricas, de agua, ventilación e iluminación natural, las cuales requieren reparaciones urgentes para garantizar condiciones dignas de habitabilidad.
Prácticas no permitidas: Se constató el uso de celdas de contención o el empleo improvisado de sujeciones mecánicas frente a crisis, métodos contrarios a la Ley Nacional de Salud Mental (N° 26.657) y a las normativas internacionales de derechos humanos.
Las medidas dispuestas por la Justicia
Para adecuar el funcionamiento del establecimiento a los estándares legales vigentes, el magistrado estableció un conjunto de decisiones de cumplimiento obligatorio:
1.- Suspensión de nuevos ingresos de personas sin causas penales: Se ordenó al Servicio Penitenciario abstenerse de recibir nuevos ingresos de personas por causas civiles de salud mental, evitando que la unidad funcione como una institución de permanencia indefinida.
2.- Prohibición de aislamientos y sujeciones: Quedó prohibido el uso de celdas de aislamiento como sanción o contención, así como cualquier tipo de sujeción física o mecánica improvisada.
3.- Mesa de Trabajo e Integración Interministerial: Se dispuso la conformación de una Mesa de Diálogo y Seguimiento integrada por el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Seguridad, el Servicio Penitenciario, los organismos de derechos humanos y los juzgados civiles, orientada a coordinar las respuestas sanitarias e institucionales necesarias.
Plan Integral de Adecuación y Externaciones:
- – Inmediato:Ejecución de obras prioritarias de seguridad eléctrica y edilicia, reparación de sanitarios y provisión regular de insumos básicos de higiene y vestimenta.
- –Progresivo:Elaboración de un plan individualizado para cada persona alojada, priorizando el egreso de quienes están en condiciones de alta hacia el medio familiar o dispositivos intermedios de salud mental (casas de convivencia o centros de día).
- Asistencia Integral:Tramitación de pensiones no contributivas, cobertura de salud pública o social, y capacitación específica para el personal que se desempeña en el área.
“Las personas con padecimientos mentales deben recibir una atención de salud integral, interdisciplinaria y de menor restricción posible, promoviendo su autonomía y la inclusión en la comunidad, sin que el ámbito carcelario sea la respuesta a situaciones de vulnerabilidad social.”