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El Gobierno propone un retiro voluntario en Parques Nacionales: quiénes pueden acceder, cuánto cobran y cuáles son las restricciones

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El Gobierno nacional puso en marcha un nuevo régimen de retiro voluntario para trabajadores de la Administración de Parques Nacionales (APN), en el marco del proceso de reorganización y reducción de la estructura del Estado impulsado por la gestión de Javier Milei. La medida fue oficializada mediante la Resolución 191/2026, publicada en el Boletín Oficial, y busca optimizar la dotación de personal y agilizar el funcionamiento administrativo del organismo.

La iniciativa está dirigida a empleados alcanzados por el régimen de estabilidad previsto en la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional N.º 25.164 y será administrada por la Dirección General de Recursos Humanos de la APN. Según la normativa, podrán adherirse aquellos trabajadores que cuenten con al menos dos años de antigüedad y cumplan con los requisitos establecidos en el programa.

Sin embargo, quedarán excluidos los siguientes grupos de personas:

  • Quienes tengan procesos penales por delitos contra la administración pública
  • Aquellas personas que cuenten con sumarios administrativos que puedan derivar en cesantías o exoneraciones
  • Los que posean litigios laborales en curso o que ya cuenten con beneficios previsionales otorgados
  • Integrantes del Cuerpo de Guardaparques Nacionales

¿Cómo funcionará el retiro voluntario?

El régimen contempla el pago de una gratificación extraordinaria por única vez para quienes decidan desvincularse del organismo y cuya solicitud sea aceptada.

Para los trabajadores de hasta 60 años, el beneficio será equivalente al 90% de la remuneración bruta mensual por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses. En el caso de quienes tengan 61 años o más, el porcentaje se reducirá al 85%.

El cálculo se realizará únicamente sobre conceptos remunerativos habituales y permanentes, dejando fuera horas extras, bonificaciones extraordinarias y otros adicionales no regulares.

Además, la compensación económica se abonará en dos etapas. Un primer pago equivalente al 35% se efectuará dentro de los quince días posteriores a la aceptación formal de la solicitud, mientras que el 65% restante se distribuirá en dos cuotas mensuales consecutivas.

Topes y restricciones

La resolución también establece límites máximos para el beneficio según la edad del trabajador. Quienes tengan hasta 60 años no tendrán tope de haberes. Entre los 61 y 63 años, la compensación no podrá superar el equivalente a 24 salarios brutos. A partir de los 64 años, el máximo será de 12 haberes brutos.

Por otra parte, quienes adhieran al programa deberán renunciar expresamente a cualquier reclamo administrativo o judicial derivado de la relación laboral con el Estado. También deberán presentar una declaración jurada en la que certifiquen la inexistencia de demandas laborales o salariales pendientes.

Otro punto clave es que los beneficiarios no podrán reincorporarse al sector público nacional durante un período de cinco años desde su desvinculación, independientemente de la modalidad de contratación. La única excepción prevista corresponde a cargos docentes en universidades nacionales.

¿Cómo será el proceso de adhesión?

El plazo para solicitar el retiro voluntario comenzará el primer día hábil del mes siguiente a la publicación de la resolución y permanecerá abierto durante treinta días corridos.

Las solicitudes deberán presentarse a través del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) y serán evaluadas por distintas áreas del organismo. La aceptación final dependerá del Directorio de la Administración de Parques Nacionales, que tendrá la facultad exclusiva de aprobar o rechazar cada pedido en función de las necesidades operativas, la criticidad de las funciones desempeñadas y las razones de servicio.

Con esta medida, el Gobierno suma a Parques Nacionales al esquema de retiros voluntarios ya implementado en otras áreas de la administración pública, como parte de su estrategia de reducción del gasto estatal y reorganización de la estructura del empleo público nacional.

 


 

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